REPORTING SOSTENIBILIDAD CT39

Detalles de la iniciativa

Iniciativa

Directiva 2014/95/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos

Entidad que lo desarrolla
Unión Europea
Tipo
Marco de reporte
Criterio
Criterios ambientales
Criterios sociales
Criterios de gobernanza
Taxonomía

ODS relacionados
5. Igualdad de género
6. Agua limpia y saneamiento
7. Energía asequible y no contamintante
9. Industria, innovación e infraestructura
10. Reducción de las desigualdades
11. Ciudades y comunidades sostenibles
12. Producción y consumo responsable
13. Acción por el clima
14. Vida submarina
15. Vida de ecosistemas terrestres
Supuesto de obligatoriedad
Si
Requiere certificación
No requerido
Descripción
La directiva de la UE en relación con la divulgación de información no financiera tiene como objetivo aumentar la pertinencia, la coherencia y la comparabilidad de la información social y ambiental divulgada por las grandes empresas europeas. Para ello, las empresas tienen que incluir en su informe de gestión anual un estado de información no financiera en el que se describen las políticas, los resultados y los riesgos ASG pertinentes con su actividad económica. Para facilitar la divulgación de esta información, la Comisión Europea preparó directrices no vinculantes generales (2017) y sobre la información climática (2019). Los Estados miembros deben poder exigir la verificación de la información contenida en los EINF por parte de un prestador de servicios de verificación.
Comentario
Directiva de la Unión Europea en materia de divulgación de información no financiera. A continuación se incluye la transposición en el marco jurídico español. Importante, el Parlamento Europeo ha aprobado el 10 de noviembre de 2022 la propuesta de Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD, en sus siglas en inglés) que modifica la Directiva actual. Texto aprobado: https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2022-0380_ES.html#title2